La llegada del invierno es una alegría para los numerosos esquiadores, snowboarders y aficionados a la nieve en general, pero representa también una cita importante para los conductores, que deben adaptarse a las ordenanzas que establecen la obligación de circular con cadenas de nieve a bordo o el uso de neumáticos de invierno en su automóvil.
Esta obligación entra en vigor precisamente el 15 de noviembre, tal y como establece la Directiva Ministerial de 2013 (Direttiva Ministeriale 2013) con independencia de las condiciones climáticas y/o de la presencia de nieve en la calzada; por lo general, el plazo finaliza el 15 de abril.
El periodo de validez de la obligación puede ampliarse en zonas con condiciones climáticas particulares y cuando estén vigentes ordenanzas específicas de una zona.
Por ejemplo, en Valle d’Aosta, como es comprensible, la obligación de neumáticos comienza un mes antes que en el resto del territorio nacional, es decir, para circular por las carreteras valdostanas es necesario llevar cadenas o neumáticos de nieve ya desde el 15 de octubre. Esta fecha también es adoptada por algunas zonas de montaña mediante ordenanzas específicas.
¿Cómo se aplican las ordenanzas?
Las ordenanzas se aplican fuera de los núcleos urbanos. Los ayuntamientos pueden adoptar dentro de los núcleos urbanos las mismas medidas con idéntico contenido. Las señales de tráfico relativas a las ordenanzas deben ser conformes a la normativa. Las ordenanzas se aplican a los vehículos de motor, excluidos los ciclomotores de dos ruedas y las motocicletas, que no pueden circular en caso de nieve o hielo en la carretera y/o durante episodios de nevadas. Los neumáticos de invierno deben estar homologados y se recomienda su instalación en todas las ruedas.
Neumáticos de nieve, neumáticos térmicos y de invierno: ¿cuáles elegir?
Los neumáticos de nieve, neumáticos térmicos o neumáticos de invierno no son más que diferentes formas de denominar a los neumáticos de tipo invernal que, por ley, no requieren el montaje de dispositivos adicionales de adherencia (cadenas de nieve o similares). Se distinguen por el marcaje M+S presente en el flanco del neumático (es una autodeclaración del fabricante) y por un eventual pictograma alpino adicional (una montaña de 3 picos con un copo de nieve en su interior) que acredita haber superado una prueba específica de homologación sobre nieve.
¿Sirven igual los neumáticos «all season – 4 estaciones»?
Los famosos neumáticos «All season», «4 stagioni», «all weather», «multipurpose» y «multiseason» son únicamente definiciones comerciales a las que cada fabricante atribuye contenidos técnicos específicos.
Si cuentan con el marcaje M+S permiten la circulación en presencia de ordenanzas invernales.
No obstante, para más información es aconsejable consultar el catálogo de cada fabricante.
Hasta 318 € de multa
Para los infractores, la sanción administrativa prevista por el Código de Circulación (Codice della strada) es de 84 euros; sin embargo, si se abona en un plazo de cinco días se reduce a 58 €, mientras que dentro de los núcleos urbanos la multa es de 41 €.
Para quienes infrinjan la norma en autopista, la sanción oscila entre 80 € y 318 € y está prevista la pérdida de 3 puntos del carné de conducir.
Cumplir la normativa compensa
Respetar la obligación de llevar neumáticos de nieve o cadenas de nieve a bordo compensa no solo porque con lo que se paga de multa se puede adquirir un buen par de cadenas de nieve (ver las ofertas más económicas), sino sobre todo porque permite circular por carretera con seguridad y evitar accidentes que, en caso de nieve o hielo, están siempre a la vuelta de la esquina.
Fuente: assogomma


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